El Departamento de la Familia es la agencia del Estado, responsable de llevar a cabo los programas del Gobierno de Puerto Rico dirigidos hacia la solución o mitigación de los problemas sociales de Puerto Rico. Ley Orgánica del Departamento de la Familia, Ley Núm. 171 de 30 de junio de 1968, según enmendada (3 L.P.R.A. § 211b). Esta ley faculta a su Secretario(a) a llevar a cabo programas dirigidos a la solución o mitigación de los problemas sociales en Puerto Rico, así como para prescribir, derogar y enmendar normas y reglamentos para su funcionamiento.